El próximo paso: el doble informe de la AVL y el Ministerio

Castelló tumba las 36 alegaciones al doble topónimo y lo eleva al plenario

El informe municipal dará luz verde a la denominación bilingüe amparándose en la mayoría plenaria, la legalidad jurídica del procedimiento, y en los fundamentos del experto, sin actuaciones arbitrarias

Señalética con la doble denominación en la avenida Hermanos Bou.

Señalética con la doble denominación en la avenida Hermanos Bou. / Mediterráneo

Un paso más hacia el doble topónimo, bilingüe, para la ciudad de Castelló de la Plana. El gobierno municipal tiene previsto elevar al pleno del próximo jueves 25 el documento con la Propuesta de aprobación definitiva para el cambio de la denominación del municipio en la forma bilingüe con la introducción de la forma castellana Castellón de la Plana, y que mañana miércoles pasará por la comisión plenaria de Ciudadanía y Participación, según ha podido saber Mediterráneo.

Y lo hará después de que hayan pasado, tras el pleno en el que se dio luz verde por mayoría absoluta de los votos de PP y Vox el pasado 30 de mayo, los preceptivos 20 días hábiles de exposición pública para la presentación de alegaciones al cambio de topónimo, un total de 37, 36 de ellas con argumentos en contra tanto de partidos políticos, entidades sociales, como particulares; y una a favor. 

Aprobación definitiva del pleno

El texto señala que «a propuesta de la concejala delegada de Cultura, María España, tras admitir todas las alegaciones a trámite, se desestiman, una a una, todas las contrarias a la voluntad de la corporación de aprobar el cambio de denominación oficial del municipio a su forma bilingüe». 

Es ahora cuando, «al finalizar el periodo de información pública», cuando el pleno «podrá resolver las alegaciones y procederá a la aprobación definitiva del cambio de nombre», por mayoría absoluta de nuevo del equipo de gobierno.

Respuesta a las alegaciones

En respuesta a las alegaciones, el documento apela a que «la recuperación de la forma castellana no supone la eliminación de la valenciana, por lo que no se considera una omisión del deber de salvaguarda que exige la Ley 10/2025 respecto al topónimo considerado como Bien Inmaterial»; aduce a la «mayoría absoluta» con la que se aprobó en el pleno «para aplicar el cambio de denominación según la Ley 7/1985 reguladora de las bases de régimen local como órgano competente de decisión»; y a que, según el Decreto 69/2017 del Consell, «la forma oficial podrá ser en valencià o castellano dependiendo del predominio lingüístico, o ambas, con el mismo rango», como marcan también en la ONU. 

Procedimientos adecuado

El documento pone el foco en que «el trámite ha seguido el procedimiento exigido en la normativa reguladora (...) sin vulnerar el ordenamiento jurídico, como una elección del municipio, con un estudio técnico suscrito por un experto designado por la Concejalía ajustado a derecho (Santiago Fortuño) dando cumplimiento a este requisito con fundamentos históricos y lingüísticos, y con el voto favorable de la mayoría del pleno».

Con su aprobación en el pleno del día 25 se abre un nuevo capítulo para la propuesta, que será elevada a la Generalitat, que deberá solicitar dos informes, vinculantes, a la Acadèmia Valenciana de la Llengua y al Registro de Entidades Locales del Ministerio, y que deberá ser aprobada por el pleno del Consell.